CALPE, TIERRA Y ALMAS. volumen II                                    volver al índice
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SEXENIO REVOLUCIONARIO.           

  

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

11/II/1869 Se reúnen la primeras Cortes Constituyentes españolas elegidas con ley de sufragio directo, por provincia, universal masculino, de mayores de 25 años (casi un 25% de la población).

1869 Constitución española con libertad de pensamiento, cultos, imprenta, reunión y manifestación. Por primera vez se recoge el derecho de crear asociaciones políticas. No satisface a los republicanos federales.

16/XI/1870 Amadeo de Saboya elegido por las Cortes rey de España.

IV/1870 Revueltas contra las quintas y el sistema que liberaba del servicio militar a quienes podían pagar.

27/XII/1870 Asesinato de Prim.

1/I/1871 En España se vuelve al sistema electoral de distritos que eligen un solo diputado.

9/X/1871 Se divide el partido progresista que había dirigido Prim entre el ala derecha de Sagasta y el ala Radical del Jefe de Gobierno Ruiz Zorrilla.

2/V/1872 Comienza la Tercera Guerra Carlista con la entrada en España de Carlos VII.

5/VIII/1872 Tras muchos obstáculos se aplica el reglamento de la Ley de abolición de 4/VII/1870.

11/II/1873 Abdica Amadeo I. Promulgación de la Primera República.

1/VI/1873 Cortes Constituyentes de la República. Se elige Presidente a E. Figueras.

11/VI/1873 Proclamación de la República Federal. Se elige Presidente a F. Pi Margall.

12/VII/1873 Insurrecciones cantonalistas en el área mediterránea.

18/VII/1873 Se elige Presidente a N. Salmerón. Dimite para no firmar una pena de muerte.

7/IX/1873 Se elige Presidente a E. Castelar. Lucha contra la insurrección cantonalista.

3/I/1874 Golpe de Estado del general Pavía. El General Serrano ocupa el poder.

VIDA MUNICIPAL CALPINA

            El grito de la libertad se tornó en grito de la confusión. La eclosión del idealismo revolucionario encuentra eco hasta marzo de 1870, tiempo que dura el mandato del gobernador civil Manuel González Llana, cuya política de intromisión en los asuntos municipales es fuente de serios conflictos locales. En Calpe, sin Junta Revolucionaria formada, las pugnas republicano-monárquicas debieron de quedar ahogadas en un tácito pacto de familia. Sería Jaime Ortíz Garcelá quien presidiera el Comité Republicano Federal, tomando el sillón de la alcaldía en 1872, tras cederlo su cuñado, el monárquico Pedro García Mulet. La ausencia de prensa escrita y proclamas nos impiden valorar el impacto de este espacio de tiempo turbulento, que ha sido documentado por algunos autores locales desde el relato de simples sucesos, apenas anecdóticos.

            Durante el período, los gastos municipales rondan las 10.000 pesetas. En 1871 se cierra el ejercicio con un ligero superávit, aunque en 1873 el 80% del capítulo de ingresos se cubre con el denostado impuesto de consumos.

            Ofrecemos la siguiente addenda que servirá para ilustrar algunos aspectos muy interesantes de las tendencias  políticas municipales en juego. La Ley electoral aprobada el 20 de Agosto de 1870, en su artículo primero declaraba como electores a todos los españoles que se hallaran en el pleno goce de sus derechos civiles, y los hijos de estos, mayores de edad con arreglo a la legislación de Castilla. Ofreceremos al estudiar el callejero y vecindario de Calpe de 1871, la relación nominal de los electores con derecho a voto.

                            

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